sábado, 23 de agosto de 2008

El Tele trabajo y su Encuadramiento Jurídico dentro del Derecho Laboral.




El actual desarrollo tecnológico en especial de las telecomunicaciones, en los diversos sistemas productivos de la sociedad, han hecho posible el establecimiento de la relación laboral desde cualquier parte del mundo, desde cualquier lugar, desde cualquier empresa, acabando con los viejos esquemas que creen que la relación de trabajo, es aquella llevada a cabo en la empresa, donde se da la prestación de un servicio personal, que se hace merecedor de una remuneración, donde siempre hay una subordinación trabajador -patrono.
Esta nueva modalidad laboral, consiste en la prestación de servicios de una o varias personas en cualquier momento y lugar, teniendo como instrumentos principales el uso de las telecomunicaciones, de la tecnología. El tele trabajo a su vez viene a desencadenar una especie de laguna jurídica en lo atinente a su ubicación en el ordenamiento jurídico, pues este ha sido uno de sus inconvenientes de su puesta en practica, por lo menos en Venezuela se ha intentado encuadrar esta figura en el contenido del articulo 15 de la Ley Orgánica del Trabajo, “el cual toma como relación laboral, toda prestación de servicios personales donde hayan patronos y trabajadores sea cual fuere la forma que adopte”.Lo que lleva a ver esta nueva y eficaz forma de prestación de servicios, como una relación laboral, como un hecho que con el transcurso de los años, tomara mayor campo y se expandirá por todo el mundo, obligando a cada estado a crear las disposiciones legales que regulen su ejercicio, ya que el llamado Tele trabajo cuenta con sus propias características que lo destinan a convertirse en una de las formas de trabajo del futuro.

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